viernes, 21 de octubre de 2016

Código ictus


Es un procedimiento de actuación basado en el reconocimiento precoz de los síntomas de un ictus isquémico, con objeto de priorizar los cuidados prehospitalarios y el traslado del paciente a un centro útil* con capacidad de reperfusión y cuidados en una unidad de ictus.


OBJETIVOS

  1. Consideración del ictus como una emergencia médica para priorizar a aquellos pacientes susceptibles de una terapia de reperfusión.
  2. Reconocimiento precoz de los síntomas mediante formación específica del personal sanitario prehospitalario.
  3. Cuidados específicos prehospitalarios para mantener al paciente en una situación clínica adecuada hasta la llegada al hospital (p.e. mantenimiento de una PAM adecuada).
  4. Priorizar el traslado, utilizando el recurso más adecuado y rápido posible.
  5. Coordinación de todos los eslabones de la cadena asistencial.

CRITERIOS DE INCLUSIÓN
  • Edad entre 18 y 85 años (ambos incluidos).
  • Menos de 2 horas de evolución desde la aparición de los primeros síntomas hasta la llegada al hospital.
  • Situación basal del paciente Rankin**< 3.
  • Focalidad neurológica presente en el momento de la valoración.

CRITERIOS DE EXCLUSIÓN

  • Paciente asintomático o en proceso franco de recuperación a la llegada de la USVA.
  • Con crisis convulsiva.
  • CGS (Escala de coma de Glasgow) < 9.
  • Inestabilidad hemodinámica refractaria a medidas de soporte básicas.
  • Hemorragia activa o antecedentes de patologías sangrantes.
  • Cirugía mayor o traumatismo grave en los últimos 3 meses.
  • Antecedentes de patologías sangrante del SNC.
  • Enfermedad terminal y/o demencia.

(*) Centro útil capacitado: aquel con capacidad de realizar un tratamiento trombolítico y que cumpla los requisitos mínimos exigidos para el tratamiento agudo del ictus.

(**) Escala de Rankin: valora y clasifica en 7 niveles el grado de discapacidad física tras un ictus.


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