domingo, 15 de febrero de 2015

El medicamento genérico (EFG).


Muchas veces hemos oído decir a los pacientes – e incluso a profesionales sanitarios - que los medicamentos genéricos no son iguales a los originales.

Pues bien, según la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), el genérico debe demostrar que su principio activo es biocompatible* en un 80% o más con el fármaco original y tiene que cumplir con todas las garantías y requisitos de calidad y seguridad exigidas al medicamento de referencia. Además, deben ser más económicos.

Un genérico es un medicamento** autorizado una vez que ha demostrado su bioequivalencia con el fármaco al que sustituye, cuando para éste ya ha expirado el periodo de protección de datos (o sea, han transcurrido al menos diez años desde su autorización).

En España, la AEMPS es el organismo que evalúa los medicamentos de fabricación industrial antes de su comercialización (entre los que se encuentran los genéricos). Además realiza una vigilancia continua, controles de calidad y se asegura de que cumplan en todo momento con las garantías necesarias para su uso en humanos.

Los medicamentos genéricos, se identifican por las siglas EFG (equivalente farmacéutico genérico) junto al nombre que figura en el envase.


(*) Biocompatibilidad: capacidad de una sustancia de realizar una función terapéutica deseada en un receptor, sin provocarle efectos colaterales.

(**) Medicamento: principio activo (fármaco) + excipiente/s.


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